Mi madre, de 78 años, valorada en Grado III Nivel 1 de dependencia y en Fase I de la enfermedad de Alzheimer, asiste por las mañanas a un centro de día y por las tardes la cuidamos entre todos los hermanos. Estamos valorando la posibilidad de solicitar una plaza en una residencia. ¿Cómo lo tenemos que hacer? El centro de día en el que está es también residencia, ¿podría quedarse?
Antonio P. C. de Madrid.
Tenéis que solicitar la revisión del Programa Individual de Atención de vuestra madre. Para ello, debéis dirigiros a los Servicios Sociales municipales que le correspondan y desde allí iniciarán el trámite; manifestarles vuestra intención de que ingrese en una residencia. Posteriormente, ellos remitirán la solicitud de revisión del PIA y un informe sobre la situación social de vuestra madre a los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid. Cuando esta gestión se realice, se pondrán en contacto con vosotros para ofreceros la plaza residencial disponible.
Respecto a la posibilidad de que se quede en el centro actual, es algo que os comunicarán desde la Comunidad de Madrid, en función de la disponibilidad de plazas. Si insistierais en que se quedara, podríais entonces optar por solicitar la prestación vinculada al servicio o cheque servicio, para llevar a vuestra madre a la residencia que queráis, que podría ser en la que está ahora si así lo deseáis y tiene acordado el sistema de cheque servicio con la Comunidad de Madrid.
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Respecto a la posibilidad de que se quede en el centro actual, es algo que os comunicarán desde la Comunidad de Madrid, en función de la disponibilidad de plazas. Si insistierais en que se quedara, podríais entonces optar por solicitar la prestación vinculada al servicio o cheque servicio, para llevar a vuestra madre a la residencia que queráis, que podría ser en la que está ahora si así lo deseáis y tiene acordado el sistema de cheque servicio con la Comunidad de Madrid.
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Por lo que leo en la prensa, parece que la Ley de Dependencia corre peligro en su aplicación por la crisis económica. ¿Qué hay de cierto?
Tomas D. H., de León.
El pasado 30 de diciembre de 2011, el Consejo de Ministros acordó mantener las prestaciones destinadas a la protección en materia de dependencia de quienes ya tienen reconocida algunas de las prestaciones del sistema. Se garantiza así, a través de la aportación del Estado, una financiación mínima, común y estable para todos los ciudadanos.
Asimismo, en el Boletín Oficial del Estado, de 30 de diciembre, se publicó el Real Decreto-Ley 20/2011, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, donde se produce un aplazamiento de la aplicación de la Ley de Dependencia a las personas valoradas con dependencia moderada. La disposición final 14a aplaza hasta el 1 de enero de 2013 la aplicación de la Ley para las personas que sean valoradas en el Grado I Nivel 2, y hasta el 1 de enero de 2014 para aquellas otras que sean valoradas en el Grado I Nivel 1.
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Asimismo, en el Boletín Oficial del Estado, de 30 de diciembre, se publicó el Real Decreto-Ley 20/2011, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, donde se produce un aplazamiento de la aplicación de la Ley de Dependencia a las personas valoradas con dependencia moderada. La disposición final 14a aplaza hasta el 1 de enero de 2013 la aplicación de la Ley para las personas que sean valoradas en el Grado I Nivel 2, y hasta el 1 de enero de 2014 para aquellas otras que sean valoradas en el Grado I Nivel 1.
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