Mi madre tiene 91 años y vive conmigo. Tras valorarle la situación de dependencia, le dieron un Grado 3 Nivel 1 y nos concedieron una prestación económica por cuidados en el entorno familiar. Próximamente, van a operarme y mi hermana, que vive en Valencia, va a hacerse cargo de nuestra madre. ¿Qué sucederá con la prestación?
La Comunidad de Madrid ha regulado sobre desplazamientos temporales y definitivos a otras comunidades autónomas lo siguiente: “El desplazamiento de la residencia habitual dentro del territorio español tendrá carácter temporal cuando no supere los tres meses dentro del año natural. Durante este periodo, se mantendrá la continuidad de la prestación económica concedida. Cuando el traslado tenga carácter permanente, el derecho a la percepción de la prestación económica se mantendrá durante un plazo máximo de tres meses”.
Valorad, por tanto, el tiempo que vais a necesitar, y si va a permanecer con tu hermana más de tres meses deberéis comunicarlo a la Comunidad de Madrid y solicitar en la Comunidad Valenciana que le realicen un Proyecto Individual de Atención acorde al Grado 3 Nivel 1 que tiene vuestra madre, que se hará efectivo allí. En el caso de que tu hermana lo desee y reúna las condiciones exigidas, le podrán conceder la prestación económica desde esa comunidad.
Valorad, por tanto, el tiempo que vais a necesitar, y si va a permanecer con tu hermana más de tres meses deberéis comunicarlo a la Comunidad de Madrid y solicitar en la Comunidad Valenciana que le realicen un Proyecto Individual de Atención acorde al Grado 3 Nivel 1 que tiene vuestra madre, que se hará efectivo allí. En el caso de que tu hermana lo desee y reúna las condiciones exigidas, le podrán conceder la prestación económica desde esa comunidad.

